Figueroa propone habilitar billeteras virtuales para cobrar las becas Gregorio Álvarez
El gobernador Rolando Figueroa presentó un proyecto de ley para modificar el “Plan Provincial Redistribuir Oportunidades” y permitir que los beneficiarios de las becas estudiantiles cobren a través de billeteras virtuales.
Al respecto, se consideró que este sistema garantiza total seguridad en las operaciones, independiza la operación del calendario bancario y reduce los costos en las transacciones, entre otras ventajas respecto al sistema de tarjeta de débito.
Para ello, la modificación propuesta al plan provincial habilita a que el Banco Provincia del Neuquén pueda tercerizar la apertura de cuentas bancarias o virtuales a nombre de los beneficiarios de las becas.
Recientemente, el BPN desarrolló y presentó su propia billetera digital para clientes BPN que permite realizar pagos con QR en comercios, transferir con Alias y recargar la SUBE. Mi BPN es una app que se destaca por su facilidad de gestión y que permite administrar las cuentas y poder realizar pagos mediante código QR, de manera fácil, rápida y segura.
El proyecto de ley (17393) ingresó por Mesa de Entradas el 20 de diciembre y apunta, además, a designar al Ministerio de Educación como autoridad de aplicación de este plan provincial que fue creado por ley 3418 y ha dado excelentes resultados en el primer año de su implementación: alcanzó a más de 19 mil beneficiarios entre todos los niveles educativos y representó una inversión total de 6.300 millones de pesos, erigiéndose como el programa de becas más grande del país y de la historia en la provincia.
La designación de Educación como autoridad de aplicación de las becas se debe a que, inicialmente, estaban bajo la órbita del Ministerio de Jefatura de Gabinete. Sin embargo ahora, con los datos del primer año de aplicación sobre la mesa, el gobierno provincial consideró pertinente modificar la ley de creación para introducir este cambio.
Es que se trata de un plan que “ya se encuentra integrado a la gestión del actual gobierno y avanzando adecuadamente en pos del cumplimiento de sus fines” por lo que resulta conveniente asignar al Ministerio de Educación la gestión de autoridad de aplicación de la ley, en tanto es el organismo encargado de la mayor parte del relevamiento, convocatoria, análisis, selección y adjudicación de las personas beneficiarias.